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jueves, 3 de marzo de 2016

COMO SOLICITAR LA SUSPENSIÓN DE PAGOS A CUENTA Y DE RETENCIONES 4TA CATEGORGÍA

Desde el mes de enero de este año, de cada ejercicio gravable, los  que perciban rentas de cuarta categoría que se encuentren sujetos a  y/o pagos a cuenta, podrán solicitar la Suspensión de  y/o Pagos a Cuenta exclusivamente vía  Virtual con su Clave SOL, utilizando el Formulario Virtual N° 1609, para lo cual el contribuyente seguirá el siguiente procedimiento:
1. Ingrese a SUNAT Virtual y seleccione la opcíón Trámites, Consultas, Declaraciones Informativas :
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2. Seleccionar la opción Form 1609 Solicitud de Suspensión Retenciones de 4ta Categoría dentro del menú Otras declaraciones y solicitudes.
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3. Ingresar los datos solictados por el Formulario Virtual 1609 y seleccione Aceptar.
4. Esperar a que se procese la solicitud en línea e imprima la “Constancia de Autorización” de la suspensión:
4.1 Anotar el número de operación que aparece en la constancia. Será muy útil en caso necesite volver a imprimir una copia de la constancia.
4.2 Enviar la constancia a una dirección de correo electrónico para que pueda volver a consultarla, y de ser necesario, imprimirla nuevamente.

Consulta de estado de la solicitud de suspensión

Si ya se ha presentado una solicitud de suspensión puede consultarla en SUNAT Virtual, ingresando el número de RUC y el número de orden de la operación que figura en la Constancia de Autorización obtenida al presentarla. Consulte aquí el estado de su solicitud de suspensión:
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 Por excepción, se puede solicitar la suspensión en las dependencias de la SUNAT a nivel nacional o en los Centros de Servicios al Contribuyente, solamente en los siguientes casos:
a) Cuando la solicitud hubiera sido rechazada por el sistema al haber determinado que sus ingresos excedieron los límites establecidos para la suspensión, sin tomar en cuenta que la Administración omitió considerar ingresos, saldos a favor, pagos a cuenta o retenciones declaradas, así como declaraciones juradas originales o rectificatorias presentadas. Puede efectuar este trámite, siempre que no hayan transcurrido más de 30 días calendarios desde la fecha del rechazo de la solicitud.
Aquí puedes descargar el formato de suspensión con instrucciones – Ejercicio 2016
b) Cuando el servicio de SUNAT Virtual no se encuentre disponible. Para presentar la solicitud se deberá usar un formato físico que se podrá obtener en SUNAT Virtual o en cualquiera de las dependencias y Centro de Servicios al Contribuyente. De aprobarse la solicitud de Suspensión de Retenciones y/o Pagos a Cuenta se otorgará una constancia de autorización provisional. Posteriormente, se deberá regularizar la presentación de la solicitud a través de SUNAT Virtual.

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