Bienvenidos a Actualidad Contable
La Ley N.° 30524 modificó el artículo 30° de la Ley del IGV, a fin de establecer que las MYPE con ventas anuales hasta 1700 UIT pueden postergar el pago del IGV por tres meses posteriores a su obligación de declarar sin generar intereses moratorios ni multas.
El presente decreto supremo entra en vigencia el 01 de marzo de 2017.
http://busquedas.elperuano.com.pe/…/aprueban-normas-reglam…/
No hay comentarios:
Publicar un comentario