1. Verificar la información
Es importante que se acuda al Registro de Predios para verificar la información del vendedor y para saber si la vivienda ya se encuentra inscrita. Ahí proporcionarán la partida registral de la propiedad.
2. Acudir al Notario
Celebrado el contrato de compraventa, tanto el vendedor como el comprador de la vivienda deben acudir a un Notario para que expida el parte notarial de la escritura pública de la compra-venta de la casa y/o departamento.
3. Presentar la Solicitud de Inscripción
Ya en la Sunarp, el dependiente del notario presentará la solicitud de inscripción en la Oficina Registral en donde quedará inscrita la propiedad. Este trámite se realiza previo pago de los derechos registrales que varían según el tamaño del inmueble.
4. Verificar la escritura de compra-venta
El documento ingresado a la Oficina Registral de la Sunarp, llamado Título, debe contener el parte notarial de la escritura pública de compra-venta de la vivienda.
5. Especificar las fechas y numeraciones
Para proseguir con el asiento de presentación, se necesita especificar la fecha, hora, minuto, segundo y numeración del ingreso del título.
6. Obtener el asiento de inscripción
Una vez que el título de compra-venta de la casa es revisado por el registrador público, se extenderá el asiento de inscripción en la partida registral de la vivienda a fin de que el comprador figure como propietario del inmueble.
Cuidado con las estafas
Para evitar las estafas inmobiliarias, la Sunarp emitió una directiva que busca beneficiar a los propietarios que tengan inscritos sus predios, mediante la inmovilización parcial y temporal de las partidas registrales.
Así, el titular registral de la vivienda que por cualquier motivo tenga que salir de su ciudad o que no piensa transferir o grabar su predio, puede solicitar la inmovilización temporal de la partida de su predio por los años que desee.
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