La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, así como el Reglamento de Transparencia de la Información y Contratación con Usuarios del Sistema Financiera, con el fin de fortalecer el marco de protección de las personas.
La intención es fortalecer el marco de protección de los usuarios de tarjetas de crédito y simplificar los procedimientos a efectos de hacerlos más comprensibles y adecuados a sus necesidades.
Así, mediante Resolución N°652-2016, se precisa que a partir de la fecha se reconocerán a los usuarios los siguientes derechos: decidir cómo aplicar los pagos a su tarjeta de crédito, la facultad de realizar un pago anticipado parcial y asegurar que el pago a su tarjeta de crédito siempre sea aplicado a la deuda.
En relación al orden de aplicación de los pagos, la norma, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, establece el orden de aplicación de pagos en forma descendente empezando por la deuda con mayor tasa de interés hasta llegar a la deuda de menor tasa.
Adicionalmente, se reconoce el derecho del usuario a elegir una forma distinta de aplicación de pago.
Respecto a la facultad de realizar el pago anticipado parcial, se incorpora el derecho a realizar un pago anticipado parcial en tarjetas de crédito en cualquier momento, estableciendo los mecanismos y parámetros para que la empresa realice la correspondiente reducción de intereses, comisiones y gastos aplicables.
Finalmente, en materia de reconocimiento del adelanto de cuotas, la norma regula que todo pago que realice el usuario por encima de la deuda exigible en el periodo, podrá ser considerado un adelanto de cuotas o un pago anticipado. (Fuente: Andina)
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