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viernes, 26 de febrero de 2016

SUNAT OBSERVÓ FACTURAS Y BOLETAS DE VENTA “POR CONSUMO”

Sugiero revisar las  páginas 3 y 4 de la RTF 1306-5-2015

Las facturas y boletas de ventas observadas no cuentan con detalle de lo consumido

Al respecto, la recurrente en la etapa de fiscalización solo se limitó a presentar los anotados comprobantes y a señalar que los gastos realizados eran necesarios para el desarrollo de su actividad y que cumplían con el Reglamento de comprobantes de pago, sin embargo, no proporcionó medios probatorios para demostrarlo, tales como comunicaciones que acrediten las invitaciones a los clientes, el detalle con quienes se realizaron las reuniones, o la relación de los representantes autorizados que propiciaron dichas reuniones a nombre de la recurrente, en ese sentido, al ajustarse a la ley el anotado reparo corresponder mantener.

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